14/01/2011

Salud corrobora que en Navarra la ley prohíbe fumar en peñas y sociedades gastronómicas

Prohibido también en las marquesinas, mercadillos de alimentos o espacios cerrados de ocio y deporte, incluídas plazas de toros.

Las Comunidades Autónomas han interpretado en su última reunión que la Ley del Tabaco prohíbe fumar también en las sociedades gastronómicas, ya que se consideran espacio sin humo al igual que cualquier otro local donde se dispensen bebidas y alimentos.

PAMPLONA. Así lo ha trasladado hoy la consejera de Salud, María Kutz, en conferencia de prensa tras la celebración de una reunión de seguimiento de las Comunidades Autónomas, en la que Navarra estuvo representada por el director del Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental del Instituto de Salud Pública, Javier Aldaz, y que volverá a celebrarse en 15 días.

Con estos encuentros se trata de unificar los criterios de aplicación de la ley y de plantear cuestiones concretas, de forma que entre las conclusiones obtenidas en la reunión, se ha determinado que la prohibición de fumar en los aledaños de centros sanitarios y hospitales no afecta a las aceras, al ser consideradas zona pública de tránsito.

Más dificultades hay en la delimitación de la zona prohibida que afecta a los parques infantiles, asunto sobre el que se ha decidido hacer una consulta a la Abogacía del Estado.

Sí ha quedado determinado la prohibición de fumar en las marquesinas, y en las sociedades gastronómicas, de tanta aceptación en Navarra, ya que la ley prohíbe fumar en los locales donde se manipulen y se sirvan bebidas y alimentos.

Al respecto, Aldaz ha advertido sobre la posibilidad de que se planteen convertirse en clubes de fumadores, figura que ha señalado, no permite dar a los lugares donde se sirven alimentos y bebidas, tampoco en máquinas expendedoras en su interior.

Éste concepto afecta a los mercadillos, donde no se podrá fumar en los que se comercialicen alimentos. Tampoco se podrá hacer en los espacios cerrados de ocio y deporte, incluidas las plazas de toros cubiertas.

En cuanto a los bares y restaurantes, en cuyo interior cerrado está prohibido fumar, se permite hacerlo en sus terrazas exteriores, "excepto que tengan más de dos paredes y un toldo", porque entonces se entendería el espacio de la terraza como cerrado.

También se puede fumar en patios interiores que estén totalmente abiertos, lo que incluye a los de centros administrativos y oficiales, excepto los de recintos educativos y sanitarios.

En cuanto a hoteles, hostales y casas rurales, se podrán reservar para fumadores hasta un 30% de los alojamientos, si bien éstas áreas deberán tener unas condiciones específicas, como su ventilación.

En todo caso, Kutz ha incidido en su mensaje hacia los hosteleros y población fumadora, a quienes ha señalado que en estos primeros meses de puesta en marcha de la ley, la labor de su departamento será la de "informar, ayudar y transmitir" cualquier pauta o duda que surja.

"No hay que olvidar la importancia de esta ley en la protección de la salud", ha reiterado Kutz, quien en todo caso ha señalado a los bares y locales que "no vean en el departamento de Salud un enemigo sino un colaborador: No vamos a ir a pillar, siempre a ayudar", ha insistido.

Al respecto, ha confirmado que hasta el momento no hay ninguna denuncia o sanción registradas en Navarra con motivo de la aplicación de la Ley del Tabaco, que entró en vigor el 2 de enero.


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